Asesorías Civil y Comercial

› Asesoran en consultas.

› Patrocinan en juicios por variados temas como “Deudas”, “Desalojos”, “Demandados varios”, “Derechos hereditarios”,”Posesiones”, “Limitación de capacidad”, “Pedidos de evaluaciones psiquiátricas prejudiciales para determinar la eventual internación”,”Embargos”, “Trámites relativos a la identidad de las personas”, etc.

› Patrocinan, también, a los progenitores en algunas de las medidas excepcionales adoptadas por los Juzgados de Niñez, Adolescencia y Familia respecto de sus hijas/hijos como a los adultos mayores víctimas en causas de Violencia Familiar.

› Intervienen necesariamente en todos los procesos civiles, en los que estén afectados intereses de niñas, niños y adolescentes como a las personas con limitaciones psicofísicas.

defensa

Si su discapacidad es física no. Ud. está habilitado a promover Juicio de Limitación de Capacidad, cuando exista una patología o afección mental o adicción severa, que haga presumir que el ejercicio pleno de su capacidad podría acarrear un perjuicio o riesgo para su persona o bienes. Si su discapacidad es física podrá tramitar pensiones no contributivas o ayudas sociales ante los organismos respectivos (Anses, Comisión de Pensiones, Desarrollo Social, etc.), no en el Poder Judicial.

Es un tipo de juicio civil mediante el cual se pide a un juez que determine qué actos puede hacer una persona que tiene una patología mental, previo evaluar el informe elaborado por un psicólogo, un psiquiatra y un trabajador social. Este trámite se denomina “juicio de limitación de capacidad” y determinará qué cuestiones podrá resolver esa persona sola, cuáles deberá realizar de manera conjunta con la asistencia de un “apoyo” y cuáles solo podrá llevar a cabo el curador.

No. Solo le reconocerán derechos previsionales y habitacionales.

Sí. El desalojo procede siempre que exista causal que lo justifique. Solo se le podrá otorgar un plazo extraordinario de 30 días para la desocupación del inmueble. También se podrán solicitar medidas alternativas por intermedio de otras oficinas del Estado.

Buscar asesoramiento jurídico a la brevedad para resguardar sus derechos. Los asesores civiles atienden y responden consultas todos los días hábiles de 8 a 14 hs.

En primer lugar, pida al oficial de Justicia que le exhiba la orden que deberá estar firmada por un juez. Además, solicite una copia del acta al oficial para poder contar con datos que le permitan consultar a un abogado.

El descuento de sueldo de parte de su deuda no cancela la obligación, por lo cual debe consultar a un abogado a fin de resolver el tema.

Ud. debe llevar al tribunal dicha notificación y manifestar que desconoce a esa persona a fin de evitar embargo de bienes en su domicilio.